
En la actualidad, no nos causa asombro que se den casos de discriminación sexual, y es que es tan común que se ha vuelto parte de la vida diaria. Sin embargo, esto no significa que esté bien, al contrario, debería indignarnos que estando en el siglo XXI, ideas como la superioridad de género, entre otras, se mantengan y lo que es peor, rijan la manera de actuar de ciertas instituciones, como, en este caso específico, las castrenses.
Flor Cahuaya, ex cadete de la Escuela de Oficiales de Policía, de 21 años, es solo uno de los tantos casos de discriminación a la mujer que se dan en el Perú y que, a diferencia de muchos, ha salido a la luz, generando controversia entre la opinión pública y distintas instituciones estatales. La expulsión de la cadete se debió a su condición de madre gestante, hecho que va en contra de la resolución directoral emitida en el 2005, que establece la separación de los cadetes al contraer cualquier responsabilidad de paternidad o maternidad, mas no del Régimen Disciplinario de la PNP. Este último contiene a la Ley Nº 28338, la cual no contempla al embarazo como un motivo causal para relegar a los cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía.
Frente a este hecho, instituciones como la Defensoría del Pueblo se han pronunciado a favor de la cadete, alegando que su expulsión constituiría una medida ilegal y discriminatoria, dado que dicha disposición iría en contra de los derechos de toda mujer. Por otro lado, hay quienes sostienen que, al postular a la policía, Flor Cahuaya se comprometió a no quedar embarazada, por tanto, debe atenerse a las consecuencias de sus actos. Sin embargo, es importante resaltar el hecho de que la resolución directoral, contra la que se estaría produciendo la falta, constituye una norma con rango de reglamento e inferior al de la ley, es decir, no puede superponerse a la propia ley, norma anterior y de mayor jerarquía, a la cual se encuentra subordinada. Partiendo de este punto, la expulsión de un cadete, basada en las razones causales “agregadas” al reglamento, no tendría sentido ni validez alguna. Por tanto, dicha actitud solo podría responder a un concepto equivocado de la mujer gestante, basado en prejuicios e ideas machistas, que se esconden bajo la justificación de “tener que hacer cumplir la formalidad de la institución”. En realidad, eso no se está cumpliendo al otorgarle un peso mayor al reglamento, que, además, presenta argumentos inválidos para defender la expulsión del cadete; argumentos como el deterioro del rendimiento físico y académico (sobre todo en las mujeres), la disminución o falta de compromiso con la institución por tener otras responsabilidades, etc. La invalidez de esas afirmaciones descansa principalmente en el hecho de que el embarazo no interfiere con la capacidad intelectual de las mujeres ni sus habilidades para manejar un arma o velar por el orden interno del país, y tampoco causa estragos físicos crónicos. Es evidente, pues, que dicho documento perjudica principalmente a las mujeres en tanto el embarazo trae como consecuencia cambios físicos temporales, que evidencian la maternidad de la mujer, y “aseguran” su expulsión. El hombre, por su parte, tendría que hacer de conocimiento público, voluntariamente, su paternidad dado que no existen signos físicos que lo delaten.
Este tipo de injusticias reflejan las tendencias discriminatorias de la sociedad, que han existido desde siempre y que se dan no solo en las relaciones sociales, sino también, al interior de las instituciones estatales, como la escuela de policía.
Resulta lamentable, pues, que se excluya a la mujer por motivos como la maternidad (que representa una decisión suya y un derecho además), relegándola a realizar trabajos tradicionales con los que se le identifica (ama de casa, por ejemplo), lo cual refuerza el concepto equivocado que tiene todavía gran parte de la población, y que sostiene un discurso machista y, por tanto, discriminatorio hacia la mujer.
En nuestra opinión, el Estado no debería permitir que se aprueben medidas como estas, ya que su deber es velar por el bienestar y seguridad de la sociedad en general y no solo de una parte de la población. De admitir la expulsión (e incluso sanción) por embarazo, el discurso de igualdad de derechos y el respeto a la diversidad de género (no discriminación) del que tanto alardea, perdería valor. Por tanto, es necesario que no se deje de lado este caso, que representa al de muchas otras mujeres a las que se les impide realizarse como persona, por motivos sin fundamentos válidos, basándose en prejuicios y patrones discriminatorios de la sociedad, y que, por el contrario, se fomente y garantice el respeto a los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas.
Basado en reportes periodisticos del diario la Republica, America noticias, entrevistas propias y la manifestación escrita por la ONG Justicia viva.